La gestión de cualquier empresa o negocio debe realizarse desde una perspectiva global, no solo constreñida a la generación de ventas o los aspectos económicos, laborales, comerciales de la actividad, es decir, del control de costes y gastos y, por consiguiente, de la tesorería y, en último término, de la consecución de la rentabilidad y beneficios esperados.
En ese sentido, cobra una importancia cada vez mayor en la gestión de las empresas, el control y la gestión de los diversos riesgos derivados de los impactos ambientales de la actividad empresarial de que se trate en cada caso. La gestión de los riesgos ambientales de la empresa se constituye como un parámetro hoy en día decisivo no solo para evitar la comisión de infracciones administrativas y las sanciones asociadas a las mismas (Las cuales, en determinadas circunstancias, pueden derivar en clausuras e incluso en multas de cuantía considerable que pueden poner en peligro la viabilidad de la empresa) sino también para ser vistas como un más que posible elemento de mejora de las ventas y la imagen de la empresa en su mercado de referencia.
Es cierto que en el origen propio del concepto de “empresa” están implícitos el “riesgo” y “ventura” del empresario, pero no es menos cierto que, en la actualidad, ambos conceptos se encuentran plenamente interiorizados ya en la normativa ambiental sobre todo desde que el principio de “quien contamina paga” cobró vigencia en el Derecho Positivo ambiental europeo y del cual, hoy existen pocas dudas sobre su vigencia, plena aplicación y exigencia a los empresarios. Con el tiempo se han venido desarrollando nuevos principios, conceptos y obligaciones ambientales derivados entre otros de la responsabilidad ambiental, la responsabilidad ampliada del productor, la economía circular, la producción ecológica, el desarrollo sostenible, el cambio climático y, un cada vez más largo etcétera de nuevos conceptos y obligaciones ambientales o asociados a la protección ambiental, y otros no tan nuevos, junto a políticas y nuevas consideraciones (por ejemplo las normas asociadas al Bienestar animal de cuya incidencia nadie duda ya en al ámbito de la ganadería y la producción primaria de alimentos procedentes de animales) que no hacen sino reforzar la idea y la intención del legislador de otorgar mayor preminencia al cuidado del medioambiente, y de introducir en el ámbito empresarial una miríada de obligaciones de cuyo cumplimiento debe encargarse el empresario y ser objeto de control por las administraciones y, también, por los ciudadanos como consumidores finales y a los que la normativa ambiental llama a disfrutar de un papel de colaboración en el cuidado de nuestro entorno y del planeta cada vez más claro.
En este contexto global al que me acabo de referir, el concepto de “riesgo ambiental” asociado a la gestión de la empresa y del negocio, impone a las empresas numerosas cargas y obligaciones tendentes a controlar impactos y riesgos ambientales y, en consecuencia, ello debe ser objeto de cuestionamiento por todo empresario consciente de lo que se trae entre manos y de las responsabilidades que la norma y la sociedad exige a sus productos y servicios.
Resulta plenamente aconsejable preguntarse si como empresario controlo o no los riesgos ambientales de mi actividad, teniendo en cuenta que para responder a dicha pregunta, el empresario debe ser consciente y tener identificadas todas las obligaciones ambientales que son exigibles a su actividad (exigencia plena de seguridad jurídica), pues de suyo va, que el mero hecho de ejercer la actividad productiva, servicios, gestión, etc., se generan impactos ambientales de muchos tipos cuyo control o no determinarán la existencia de riesgos que puedan desembocar en un problema de gestión empresarial, incluso de viabilidad de la propia empresa o negocio.
Desde un punto de vista técnico existen muchas definiciones de riesgo ambiental pero una de más sencillas de entender es aquella que lo define como el potencial peligro que amenaza a algún ecosistema, y la concreción de dicho riesgo puede derivar de la incertidumbre de un daño al medioambiente, que se manifiesta por algún suceso; ya sea imprevisto, accidental, voluntario o involuntario.
Así definido, en el ámbito de la gestión empresarial, la existencia de parámetros de control de dichos riesgos ambientales no solo es una obligación actual, con la legislación en la mano, sino que también constituyen un riesgo palpable para la imagen de una empresa y su reputación en el mercado (el llamado riesgo reputacional).
Adicionalmente, nuestra legislación actual no solo impone obligaciones a través de los centenares de normas jurídicas que se han promulgado sino que cada vez más, la exigencia de responsabilidad ambiental a las empresas se ha sometido a un creciente proceso de objetivación de la responsabilidad a nivel jurídico y judicial, es decir, que en muchos casos basta el acaecimiento de un suceso dañoso per se o potencialmente dañoso para el medio ambiente para que la empresa sea declarada responsable y sancionada incluso penalmente. Para responder a la pregunta que formula este artículo, no solo basta con definir los riesgos, conocer las obligaciones legales, conocer la empresa de cada cual y el mercado y la cadena de valor donde opera, sino que el empresario dispone en la actualidad de herramientas que no solo le permiten conocer sus riesgos y gestionarlos adecuadamente, sino que también disponen de metodologías para evaluar el posible impacto económico en su balance de no cumplir con sus obligaciones ambientales o no implementar políticas de control ambiental en su empresa.
Auditorias operativas, legales, procedimientos de evaluación continua de riesgos ambientales en los procesos productivos que permitan adelantarse a situaciones de riesgo, y por supuesto, procedimientos de compliance ambiental y penal, resultan no solo pertinentes sino necesarios para poder contestar afirmativamente a la pregunta que en este artículo se formula y no solo cumplir con las normas, sino también proteger nuestro planeta y, contribuir a que la imagen de mi empresa y el incremento de ventas sea mejor cada día.
Riesgo y ventura sí, pero mejor aún buenaventura y riesgos controlados.